La Rendición de cuentas se ha convertido en un concepto muy pronunciado en radio y televisión por estos días, porque se dice que, el pasado 1 de junio, el presidente de la República debió haber rendido cuentas más que inaugurar una obra. Dejando de lado las razones de la inauguración, concentrémonos en la rendición de cuentas.
La Constitución de la República (que entiendo no ha sido reformada en los artículos que mencionaré), establece como atribuciones y obligaciones del presidente de la República (Art. 168, ordinal 6o.) que debe presentar por conducto de los ministros, el informe de labores "dentro de los dos meses siguientes a la terminación de cada año". Es decir, aun cuando se tiene costumbre de que el presidente participe en una sesión solemne en la Asamblea Legislativa, al menos yo, no encuentro en la constitución la obligación para el presidente de la República de hacer este acto personalmente, sino la de presentar, por medio de los ministros, el informe de lo que ha hecho cada ministerio en el año de gobierno que finaliza.
Punto.
Siendo que la responsabilidad del presidente no es rendir, personalmente, el informe de lo que se ha hecho en el año de gobierno que finaliza (el presidente asume el 1 de junio, por eso cada año de gobierno finaliza el próximo 1 de junio), sino que lo hace, a través de los ministros, pasemos al siguiente punto, que en mi opinión es el realmente importante: ¿Qué es la rendición de cuentas?
En salvadoreño: la rendición de cuentas es decirle a la población y a sus organizaciones representativas, qué se hizo, porqué se hizo así y no de otra manera, cuánto costó y aclarar las dudas que todo este genere. Es crear un diálogo entre quien tiene la responsabilidad de gobernar (el país, un municipio, una institución de gobierno, etc.) y quienes son afectados por la decisión tomada por ese gobierno (nacional, municipal o institucional), no es llegar a una sesión solemne y hacer un discurso diciendo las miles de cosas (reales o inventadas), que se han hecho en un año, es más bien abrir un espacio de diálogo en el que los afectados puedan cuestionar y el gobernante aclarar, explicar las razones de sus sus decisiones.
En otras palabras, hasta este día, ningún gobernante (nacional, local o institucional) ha hecho rendición de cuentas.
La rendición de cuentas es definida así en la página web de la función pública en Colombia:
"El proceso de rendición de cuentas se entiende como una obligación de las entidades de la rama ejecutiva y de los servidores públicos del orden nacional y territorial, así como de la rama judicial y legislativa, de informar, dialogar y dar respuesta clara, concreta y eficaz a las peticiones y necesidades de los actores interesados (ciudadanía, organizaciones y grupos de valor ) sobre la gestión realizada, los resultados de sus planes de acción y el respeto, garantía y protección de los derechos".
En otras palabras, no pierdan el tiempo discutiendo si fue bueno o malo, constitucional o inconstucional, legal o ilegal que el presidente no haya ido a la Asamblea el 1 de junio, mejor expliquen qué es la rendición de cuentas, a lo mejor algún día la gente puede por fin exigir que le rindan cuentas de lo que se hace con su dinero.

No hay comentarios:
Publicar un comentario
Gracias por su comentario. Lo revisaré y si no es ofensivo en ninguna forma, sin duda lo publicaré. Gracias de nuevo